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mayo 7, 2024 a las 6:53 pm #25104
CLAUDIA PAMELA CASTILLO BRUNO DE TERREROParticipanteBueno este caso es un poquito complicado porque existen embaradas consientes y otras no. Algunas agotan las licencias y reflejan mal comportamiento que por eso se ve obligado el empleador de proceder al desahucio cuando regresan de su licencia de maternidad.
Desde otro punto algunas embarazadas se porta muy bien durante su embarazo y aĆŗn asi el empleador decide proceder con el desahucio una vez regresa de su licencia maternal. Aqui si yo lo consideraria ilegal porque no habrĆa una causa justificada para proceder a una cancelación inmediata, sino se debe esperar los dos meses despues de haber entrado de sus 98 dĆas de licencia.
mayo 9, 2024 a las 3:06 am #25282
KIN SANG MIGUEL BEN DE HOZParticipanteLa maternidad o periodo de proteccion a la mujer embarazada es sumamente proteccionista. Es protegida a ppesar de incurrir en multiples faltas. el embarazo no es una enfermedad. Se debe reportar todo al ministerio de trabajo, tratar a la embarazada con delicadeza y tacto. De comprobar la falta violada en el Art. 88 solo el ministerio de trabajo puede autorizar el despido. De lo contrario no puede ser despedida.
mayo 22, 2024 a las 2:38 am #25836
DANNERIS MEDINA GUZMANParticipanteDesde una perspectiva legal, las leyes que protegen los derechos de la maternidad y la igualdad de gĆ©nero suelen establecer que una mujer embarazada no puede ser despedida debido a su estado de embarazo. Sin embargo, algunas personas podrĆan argumentar que si una mujer embarazada no cumple con las polĆticas de la empresa o no realiza adecuadamente sus funciones, esto podrĆa afectar negativamente el rendimiento del equipo de trabajo o la productividad de la empresa. Por lo tanto, podrĆan considerar que es justo que se tomen medidas disciplinarias, como advertencias o acciones correctivas, independientemente del estado de embarazo. Hay muchas embarazadas que abusan de su estado creyendo que el embarazo es una enfermedad terminal y como saben que no se puede desvincular pues hacen lo que les place.
mayo 23, 2024 a las 2:55 am #25907
CONFELI NOE PEREZ DIAZParticipantePor un lado, la empresa tiene derecho a esperar que sus empleados cumplan con sus funciones y responsabilidades, pero por el otro, la mujer embarazada tambien tiene derecho a licencias por maternidad y no ser despedida por este unico motivo.
Desde mi punto de vista, la empresa debe de tener encuenta la frecuenci con la que se produce estas situaciones con una persona en particular y como esto afecta su rendimiento. Para entonces llegar, y esta seria una posible solucion, llegar a un mutuo acuerdo como podria ser la reubicacion o reduccion en la jornada de trabajo.
mayo 24, 2024 a las 1:10 am #26093
CLAUDIA MONTAS HERRERAParticipanteSobre este tema, entiendo que por lo general el código laboral es muy protector de las embarazadas, pero no debemos olvidar desde nuestro lado de gestores la carga ecónomica que implica para una empresa sobre todo una pequeña o mediana el que una embarazada este de licencia permanente y sobre todo tener que pagarle parte de su salario y tener que buscarle un reemplazo.
mayo 27, 2024 a las 2:21 am #26115
Nicauly Isuane Mark RondonParticipanteLa empresa puede tomar medias disciplinarias por el incumplimiento de funciones, siempre y cuando estas medidas se apliquen de manera justa y no discriminatoria, y sigan los procedimientos establecidos en la ley y en las politicas de la empresa.
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